14 de junio de 2016

¿En qué consiste el Referendo por el Agro Nacional?



En 10 años en Colombia se han realizado 5 paros agrarios, dejando cientos de campesinos, afros, indígenas y mestizos heridos, encarcelados y hasta asesinados por el hecho de exigir condiciones dignas de vida y para la producción de alimentos, se estima que 7 de cada 10 toneladas de alimentos que llegan a los centros de almacenamiento y distribución en las principales ciudades son producidos por nuestros campesinos, elevando las reivindicaciones agrarias a una exigencia nacional en materia de seguridad y soberanía alimentaria.

A pesar de las constantes manifestaciones, los acuerdos establecidos entre los movimientos campesinos, agrarios, étnicos y populares, y los diferentes gobiernos de turno no han sido cumplidos en su totalidad, estableciendo mecanismos que hacen imposible el acceso diferentes recursos o políticas que van en dirección contraria a los acuerdos.

Es por esto que surge una nueva iniciativa: un Referendo por el Agro Nacional, este pretende obligar al Estado Colombiano a defender la soberanía alimentaria (protección y fomento de la pequeña, mediana y gran producción nacional en el sector agropecuario, y la protección de la biodiversidad agrícola y el trabajo que esta genera) de los tratados de libre comercio (TLC) y del capital extranjero.
  
Este referendo es promovido por Dignidad Agropecuaria y otras organizaciones agrarias, busca modificar los artículos 64, 65, 66 y 100 de la Constitución Nacional. Si llegasen a ser aprobadas estas modificaciones el Estado Colombiano se vería obligado a renegociar o terminar unilateralmente los diferentes TLC, ya que sería un mandato constitucional.

A continuación, se presentan las modificaciones que el Referendo por el Agro realizaría en los artículos de la Constitución Nacional[1]:

La Constitución Nacional en su artículo 64 establece que “Es deber del Estado debe promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra para los trabajadores agrarios”. Con el referendo se busque el Estado garantice: 1) las condiciones necesarias para que se realice la efectiva y más pertinente utilización económica de la tierra y garantizar la provisión de asistencia técnica e infraestructura, 2) mejoramiento constante de la calidad de vida en el campo mediante el acceso a seguridad social, educación y salud, y 3) la protección de la producción y el trabajo agropecuario nacional sobre la importación de alimentos, incluyendo la renegociación de los tratados de libre comercio en los asuntos agropecuarios y la prohibición de negociar o eliminar los mecanismos estatales de protección del mercado y la producción interna.
El artículo 65 establece que “La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura y adecuación de tierras”, también establece que “el Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para aumentar la producción de alimentos”. Por medio del Referendo se busca modificar este artículo para determinar que el Estado deberá proteger la producción nacional de alimentos sanos y nutritivos y el trabajo nacional, así como proteger los recursos genéticos, para garantizar la soberanía alimentaria y el desarrollo económico y social del país de manera ambientalmente sostenible. Igualmente, promover una ley de protección y fortalecimiento de la agricultura familiar dirigida principalmente a las familias que producen alimentos a pequeña y mediana escala incluyendo la pesca artesanal de mar y continental.
El artículo 66 legisla en materia crediticia para el sector agropecuario. Con la reforma planteada en el Referendo, el Estado estará obligado a garantizar el acceso real y efectivo al crédito por parte de todos los sectores agrarios mediante la creación de una entidad pública bancaria nacional de fomento agrario.
El artículo 100 establece que los extranjeros gozan en Colombia de los mismos derechos civiles y políticos que se conceden a los colombianos, con ciertas restricciones y condiciones especiales. La reforma promovida por el Referendo busca establecer que 1) de este artículo no se podrá derivar un trato igual y semejante a los bienes, inversiones, servicios y capitales que provengan del exterior; y 2) la obligación del Estado a limitar la propiedad, uso y explotación de la tierra, los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales por parte de los extranjeros.





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