Fue
entonces cuando advirtió que lo más revolucionario en Colombia era la
lucha por
la democracia. Alguien le preguntó ¿Pero cuál democracia, comandante? ¡La
democracia sin apodos! Contestó.
-Jose
Yamel Riaño (sobre Jaime Bateman)
¡Petro se queda! Con estas consignas y muchas más, el
día de ayer se inundó la plaza de
Bolivar. Se inundó de indignación de lxs Bogotanxs, que viendo la inminente e
injusta destitución del actual alcalde mayor de la ciudad, Gustavo Petro,
decidieron movilizarse para defender su voto, aunque esto no es algo que deba
molestar exclusivamente a aquellos que votaron por Petro, sino a todos los que
votan, y es que este acto del procurador nos deja pensando ¿Es que el voto
popular no importa? ¿Es que, parafraseando a Rousseau, el pueblo solo es libre
en la elección de los miembros de su gobierno; pero una vez pasadas las
votaciones el pueblo vuelve a ser esclavo?
En
respuesta a lo anterior, el pueblo colombiano decidió que NO, que la democracia
va más allá del acto de delegar responsabilidades a una pequeña élite, que la
democracia es la definición autónoma del pueblo sobre sí mismo. Y por eso, este
pueblo no dejará de movilizarse en protección a la democracia y los derechos
políticos de todxs los colombianos.
Pero
¿por qué Petro se queda? La Bogotá Humana de Petro se basa en cuatro
principios, 1. El respeto por todas las
formas de vida, 2. La dignidad del ser humano, 3. La política del amor y 4. La
defensa de lo público. Bueno, esto muy bonito en el papel, pero ¿Y en la
práctica? En la práctica esto ha ido materializando a través de la
no-segregación de la población, de la búsqueda de equilibrio ser
humano-ambiente, las medidas de protección a comunidades LGTBI, protección de
oportunidades en la ciudad sin razones de discriminación por género, la
prohibición de corridas de toros en la ciudad, la estatalización de algunas
funciones antes en manos de privados.
¿Qué
ha logrado la Bogotá Humana?
Tasas
más bajas de homicidios, reducción en tarifas de transporte público,
reconocimiento del mínimo vital de agua potable para estratos 1 y 2, entrega de
2.000 equipos médicos para la ciudad, reducción de tarifas de aseo para todos
los estratos, incremento de un billón anual para la educación, inclusión de
población recicladora al esquema de aseo de la ciudad, instalación del centro
más grande de Suramérica para la población LGTBI, atención integral a la
población de Bronx, y la creación de la Secretaría de la Mujer.
Bueno,
pero la defensa a Petro no se puede hacer solamente con lo que ha logrado como Alcalde,
también lo encontramos en la inconstitucionalidad de su destitución.
Los
problemas sobre la destitución empiezan con la siguiente pregunta ¿Está el
procurador en la capacidad de sancionar a un funcionario público elegidos
popularmente? El artículo 277.6 de la constitución dice que la función del
procurador es la de “ejercer vigilancia superior de
la conducta de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección
popular”. A la pregunta del comienzo, José Espinosa responde “la vigilancia no implica la sanción. De
hecho, más adelante en ese mismo artículo se indica, en un ítem distinto de la
lista, que la Procuraduría tiene la facultad de sancionar a funcionarios, pero
ahí no se aclara, como antes, que esa facultad también aplica para aquellos
elegidos popularmente.” He aquí la primera cuestión para dudar.
Seguidamente, cabe resaltar que la Convención Americana de
Derechos Humanos ha establecido en su artículo 23 que “los Estados sólo pueden
restringir los derechos políticos (inhabilitar a alguien, por ejemplo) si hay
una condena de un juez competente en un proceso penal”. ¿Por qué?, de nuevo
Espinosa nos dice “el proceso penal
ofrece mayores garantías que el proceso disciplinario: el que acusa es
diferente del que juzga, la primera instancia es diferente de la segunda, no
hay tanta discrecionalidad en la aplicación de las normas, y quien falla es más
independiente de la dinámica política”. Y es que ¿adivinen ante quién apela
Gustavo Petro? Pues nada más y nada menos que ante monseñor procurador, injusto
¿no?
Finalmente, cuestión que hemos visto atormenta a muchos, dejamos
esta pregunta ¿qué tan conveniente es que una persona, que no es elegida
democráticamente por el pueblo, pueda destituir a un funcionario de elección
popular?
Las razones para que Petro se quede son bastantes, aún con las
críticas que pueden existir a su administración, pero acá la defensa es a la
democracia, acá la defensa es a las decisiones del pueblo, acá la defensa es a
la paz más allá de un papel. Y es por esto que lxs estamos invitando a que se
movilicen y no dejemos pasar las actuaciones del procurador (hoy todo un
dictador) que son peligro para la democracia en Colombia.
“Hoy por hoy, lo puede comprobar todo el mundo: en Colombia los
órganos del Estado legislativo, ejecutivo, judicial, actúan únicamente de
acuerdo con las necesidades, el querer y los designios de la minoría
privilegiada”.
-Jorge
Eliecer Gaitán.
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