En medio de la crisis que se vive en este momento en el Catatumbo por la exigencia que realizan los campesinos de respetar los acuerdos y reglamentar esta parte del país como Zonas de Reserva Campesina, existe una gran preocupación: los desmanes de la fuerza pública que en estos momentos ya están amparados por el Fuero Penal Militar.
La Fuerza de Tarea Vulcano del ejército, encabezada por el General Marcolino Tamayo, junto con el ESMAD, han perpetuado crímenes contra la comunidad de Tibú y Ocaña, no sólo con el uso excesivo de la fuerza, sino convirtiendo a la comunidad campesina en prácticamente un actor armado, dándole un trato de este carácter con sus declaraciones y acciones, violando totalmente el Derecho Internacional Humanitario.
La preocupación se agudiza porque desde el pasado 17 de junio se aprobó en la Cámara de Representantes la ley estatutaria que reglamenta el Fuero Penal Militar, la cual protege de antemano a las FF.AA. en su accionar criminal, en este caso, en las acciones realizadas en el Norte de Santander. A continuación presentamos sólo algunos de los puntos que afectan de manera directa la situación que se vive en el Catatumbo:
1. Se crea la figura del “blanco legítimo”: quienes según esta ley pueden ser, entre otros, los civiles que participen directamente en las hostilidades. En ese sentido, afirmaciones hechas por el presidente Juan Manuel Santos -máximo comandante de las FFAA- la semana pasada, en las que afirma que las movilizaciones del Catatumbo están infiltradas por la guerrilla, convierte a los campesinos de antemano en blanco legítimo, por supuestos colaboradores de la insurgencia.
2. Se crea el tipo penal de falso positivo: según esta ley, el servidor público que matare a una persona en estado de absoluta indefensión. En razón de lo anterior, desde la visión del gobierno, los campesinos no están en absoluta indefensión, pues están confrontando a las FFAA a partir de la movilización, por tanto, cualquier muerte de alguno de ellos, no sería tipificado como falso positivo, es decir que no sería una violación al DIH y el caso sería llevado a Justicia Penal Militar, sí es que llega a ser investigado.
3. Se modifican las causales de ausencias de responsabilidad: Donde los miembros de las FFAA pueden actuar según sus propias interpretaciones de la noción de legítima defensa, lo que puede conllevar que los militares se sientan tan “atacados” por las piedras de los campesinos, que actúen –como ya lo han hecho- en legítima defensa, a partir de un exceso en el uso de las supuestas armas legales.
En Colombia se está legislando para la guerra, con la aprobación en el último año de la Ley de Seguridad Ciudadana, la ley estatutaria de Fuero Penal Militar y la reforma al Código de Policía; pero no solo se está legislando, sino que se está actuando para la guerra, las actuales manifestaciones de los campesinos existen incluso en razón de lo ya acordado hace años en cuanto a la ley 160 de 1994 que reglamenta las Zonas de Reserva Campesina y lo ya reafirmado por los puntos de “acuerdo” en cuanto al tema agrario en la Habana, son atacadas por el Estado, en razón de lo que la institucionalidad ha venido afirmando desde los inicios de los diálogos de la Habana: el modelo político y económico no se negocia, es decir, la paz no se negocia, se decreta a punta de bala y represión, como lo intenta hacer en estos momentos las FF.AA. en el Catatumbo.
Por culpa de Uribe y Santos, cada vez está mas lejos la integración LATINOAMERICANA sin Colombia y el gran sueño del Libertador Simón Bolívar: LA GRAN COLOMBIA.
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